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El IDAE publica una guía para que los ayuntamientos agilicen los puntos de recarga: así funciona la declaración responsable

Instalar un cargador público en España ya no necesita licencia municipal previa. IDAE, junto con AEDIVE y la FEMP, acaba de publicar una guía práctica que explica a los ayuntamientos cómo tramitar correctamente los puntos de recarga con este nuevo marco simplificado.

El documento nace por mandato del Grupo de Trabajo para el Despliegue de la Infraestructura de Recarga del Vehículo Eléctrico (GTIRVE), presidido por la Secretaría de Estado de Energía dentro del MITECO. Su objetivo es que cualquier técnico municipal, esté en Madrid o en un pueblo de cinco mil habitantes, sepa resolver un expediente de recarga con criterios claros y homogéneos.

Qué cambia con la declaración responsable

Desde el Real Decreto Ley 29/2021, instalar un punto de recarga no exige licencia de obras ni autorización previa. Basta con presentar una declaración responsable: un documento en el que el titular certifica, bajo su responsabilidad, que la instalación cumple la normativa vigente y que dispone de la documentación que lo acredita.

Esto permite empezar la obra y arrancar el servicio de recarga el mismo día en que se presenta el papel, sin esperar a que el ayuntamiento conceda un permiso. La guía recuerda que la propia CNMC ya advirtió de que exigir una licencia previa vulnera la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado.

Eso sí, la declaración responsable no exime de cumplir la normativa. El promotor sigue obligado a respetar el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, disponer de un proyecto técnico y garantizar el mantenimiento de la instalación. El ayuntamiento conserva su capacidad de inspección y control en cualquier momento.

Cuándo no sirve este atajo administrativo

La guía detalla tres excepciones claras en las que la declaración responsable no sustituye a la licencia previa. La primera, cuando la instalación afecta a un edificio catalogado como bien de interés cultural. La segunda, cuando requiere ocupar el dominio público, por ejemplo para abrir una zanja y tender una nueva acometida eléctrica. La tercera, cuando la potencia de la instalación supera los 3.000 kW.

Fuera de estos tres casos, el procedimiento simplificado se aplica siempre, tanto en vía pública como en aparcamientos de comunidades de vecinos o en solares privados.

Bonificaciones fiscales que ya aplican varios ayuntamientos

Más allá de agilizar el permiso, la normativa permite a los municipios bonificar hasta un 50% el IBI de inmuebles con cargador homologado, hasta un 50% el IAE de negocios que instalen puntos de recarga y hasta un 90% el ICIO de las obras necesarias.

La guía recoge ejemplos concretos de ayuntamientos que ya aplican estos márgenes. Madrid bonifica el 20% del ICIO por instalar un cargador y aplica un 75% indefinido en el IVTM a los vehículos eléctricos. Getafe y San Sebastián de los Reyes ofrecen un 75% en el IVTM, este último durante los cinco primeros años tras la matriculación. Las Rozas combina un 75% en el IVTM con un 25% en el ICIO para empresas que instalen infraestructura de recarga.

Los municipios que ya lo hacen bien

Como referencia de buenas prácticas, la guía destaca las sedes electrónicas de Vitoria-Gasteiz, Vigo y Ciudad Real. Los tres cuentan con un apartado específico para tramitar la declaración responsable desde el primer paso del expediente, sin necesidad de registrarla como una instancia genérica.

Es un detalle que parece menor pero no lo es. La propia guía señala que muchas plataformas digitales municipales no tienen todavía una casilla dedicada a este trámite, lo que obliga al solicitante a presentar un escrito genérico que nadie sigue con la agilidad necesaria.

Un dato que conviene tener presente: incluso con la declaración responsable en vigor desde 2021, el tiempo medio para completar un proyecto de recarga en baja tensión sigue siendo de 18 a 24 meses, según la propia guía. En media tensión, el plazo sube hasta los 24-36 meses. La simplificación legal ha eliminado una barrera, pero no ha resuelto por sí sola la lentitud del proceso completo.

Que un ayuntamiento tenga claro cuándo puede exigir declaración responsable y cuándo no, y que ofrezca un canal digital específico para tramitarla, es exactamente el tipo de fricción administrativa que determina si un cargador tarda meses o años en estar disponible para cualquier conductor eléctrico en España.

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